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FORMACIÓN BONIFICADA

EMPRESAS

CURSOS A COSTE 0€

Formación Bonificada

¿Sabías que toda empresa tiene derecho a un crédito mínimo anual de 420€ para la formación de sus trabajadores?

Este crédito varía en función del número de trabajadores en plantilla y de la cotización por contingencia de formación y se bonifica en los Seguros Sociales tras realizar el curso.

OFERTA FORMATIVA

Catálogo cursos bonificables IFAP

Disponemos de un amplio Catálogo de Cursos Bonificables para empresas en las principales áreas de interés.

Calidad | Medio Ambiente | Prevención de Riesgos Laborales | Gestión de Empresa | Recursos Humanos | Nuevas Tecnologías de la Información | Comunicaciones | Áreas Sectoriales.

Ajustamos la oferta formativa a las necesidades de la empresa. Solicita información sin compromiso. Contacta con nosotros.

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GESTIÓN DE BONIFICACIONES

Nuestro Proceso

01

Adhesión al Convenio de Agrupación

IFAP, S.L. es una empresa dedicada a la formación desde el año de su constitución en 1.995, que cumple los requisitos establecidos en el Nuevo Sistema de Formación Continua para ser Entidad Organizadora.

Para facilitar los trámites para la formación continua, se constituyen agrupaciones de empresas que se unen para que IFAP pueda gestionar de forma conjunta la impartición de la formación.

Para ello es necesario un documento de Compromiso de adhesión firmado por los representantes legales de la empresa para formar parte de la Agrupación.

Forma parte de nuestra agrupación de empresas y comienza a aprovechar tus créditos formativos.

Descarga, cumplimenta y envía  el documento de Compromiso: Adhesión contrato de encomienda (2019)

02

Elaboración del Programa Formativo

IFAP comunica a la empresa interesada: el Crédito Formativo del que dispone y elabora el Programa Formativo más adecuado según las necesidades de la empresa, determinando los cursos que se pueden realizar y los alumnos a participar.

03

Alumnos Participantes

IFAP envía a la empresa un archivo de cumplimentación de datos de alumnos participantes por email para que la empresa lo complete con los datos de los alumnos (nombre y apellido, DNI, Nº afiliación a la seguridad social, etc.) que sean necesarios para que IFAP pueda comunicar el curso en la plataforma de la Fundación Tripartita (FUNDAE).

04

Comunicación inicio curso a FUNDAE

IFAP comunica el curso a realizar en la Plataforma de la Fundación Tripartita (FUNDAE), con el conjunto de empresas y alumnos participantes.

La comunicación se realiza con un mínimo de 7 días de antelación a la fecha establecida para el inicio del curso.

05

Impartición de la Formación

Realización / ejecución del curso. IFAP se encargará de toda la documentación necesaria para su ejecución según la normativa de la FUNDAE.

06

Facturación y pago del curso

Una vez finalizado el curso, IFAP envía la factura a la empresa que ha realizado el curso para su pago. (factura de formación sin IVA).

LA EMPRESA debe pagar la factura antes de realizar el descuento en la seguridad social con la bonificación practicada por dicho importe.

07

Comunicación finalización curso a FUNDAE

IFAP comunica la finalización del curso a  FUNDAE, y la empresa podrá bonificar dicho importe en el mes de finalización del curso o en los posteriores dentro del mismo año.

08

Bonificación por Formación Profesional

LA EMPRESA en la preparación de sus pagos a la seguridad social, debe restar el importe de la factura de la cantidad que la empresa debe abonar en concepto de Seguros Sociales, en concepto de BONIFICACIÓN POR FORMACIÓN PROFESIONAL, siendo la cantidad del mes a pagar a la Seguridad Social menor (Efecto Neutro: lo que se paga por el gasto de la factura, se compensa con el menor gasto/pago a la seguridad social).

PREGUNTAS FRECUENTES

Formación Bonificada para Empresas

¿QUÉ EMPRESAS PUEDEN ACCEDER A LA FORMACIÓN BONIFICADA?

Todas las empresas que tengan centro o centros de trabajo en el territorio nacional y coticen a la Seguridad Social por la contingencia de formación profesional.

Son colectivos prioritarios las pymes.

¿QUÉ OBLIGACIONES Y TRÁMITES SE DEBEN CUMPLIR PARA BONIFICAR LA FORMACIÓN?

  • Informar previamente a la Representación Legal de Trabajadores (si existiera o a los trabajadores a formar).
  • Comunicación (gestión telemática) a la Fundación Tripartita para la Formación el Empleo (FUNDAE) del inicio y finalización del curso/s.
  • La empresa debe hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • La formación será totalmente gratuita para los trabajadores.

¿CÓMO COFINANCIAN LA FORMACIÓN BONIFICADA LAS EMPRESAS?

Según el tamaño de la empresa, habrá un pequeño porcentaje de cofinanciación privada sobre el coste total de la formación. La cuantía resultante se computará como el coste salarial del trabajador formado durante parte de la jornada laboral.

Porcentajes mínimo de cofinanciación exigibles:

  • Empresas de 1 a 5 trabajadores: 0% exigible.
  • De 6 a 9 trabajadores: 5%
  • De 10 a 49 trabajadores: 10%
  • De 50 a 249 trabajadores: 20%
  • De 250 trabajadores o más: 40%

Coste total de la formación = aportación privada + bonificación aplicada (crédito)

¿QUÉ OBLIGACIONES TIENE IFAP COMO ENTIDAD ORGANIZADORA DE LA FORMACIÓN BONIFICADA?

La Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (FUNDAE) participa en la Gestión de las Ayudas para financiar las acciones de formación profesional para la ocupación, dirigidas a empresas y trabajadores/as pero, en ningún caso, las organiza ni las imparte.

Las empresas podrán encomendar la organización de la formación bonificada a un entidad organizadora externa como IFAP, la cual será responsable de:

  • Realizar las comunicaciones de inicio y finalización de las acciones formativas, cuando así lo acuerde con la empresa.
  • Asegurar el desarrollo satisfactoria de la formación y de las funciones de seguimiento, control y evaluación.
  • Asegurar la adecuación de la formación realizada a las necesidades formativas reales de las empresas.
  • Contratar a la entidad de formación acreditada y/o inscrita que imparta las acciones formativas, salvo en el caso de tratarse de la misma entidad.
  • Facilitar a las empresas la documentación relacionada con la organización, gestión e impartición de las acciones formativas.
  • Facilitar a las empresas la información necesaria para la correcta aplicación de las bonificaciones.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control, asegurando su desarrollo satisfactorio.

¿CÓMO SE CALCULA EL CRÉDITO DEL QUE DISPONEN LAS EMPRESAS PARA LA FORMACIÓN BONIFICADA ?

Las empresas dispondrán de un crédito para formación (máximo coste bonificable) y lo podrán hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social, una vez realizada la formación y abonado el importe del coste de la misma.

Crédito Anual para Formación Bonificada: Cuantía ingresada en año natural anterior por Formación Profesional x % Bonificación.

  • De 1 a 5 trabajadores: crédito de 420€/empresa.
  • De 6 a 9 trabajadores: 100% de la cotización.
  • De 10 a 49 trabajadores: 75% de la cotización.
  • De 50 a 249 trabajadores: 60% de la cotización.
  • De más de 250 trabajadores: 50% de la cotización.

¿QUÉ TRABAJADORES PUEDEN BENEFICIARSE DE LA FORMACIÓN BONIFICADA?

En general, los trabajadores asalariados que cotizan a la Seguridad Social en concepto de Formación Profesional.

En particular:

  • Los trabajadores fijos discontinuos en los periodos de no ocupación.
  • Los trabajadores que accedan a la situación de desempleo cuando se encuentren en periodo formativo.
  • Los trabajadores acogidos a regulación de empleo en sus peróodos de suspensión de empleo por expediente autorizado.

La empresa con el crédito disponible, podrá libremente elegir la formación que considere necesaria realizar, seleccionar sus contenidos, los trabajadores a formar y determinará cuándo y cómo han de impartirse los cursos.

¿CÓMO SE BONIFICAN LAS EMPRESAS EN LA SEGURIDAD SOCIAL LA FORMACIÓN BONIFICADA DE LOS TRABAJADORES?

Las bonificaciones pueden aplicarse a partir del boletín de cotización correspondiente al mes en que haya finalizado el curso.

Sistema RED:

  • Incluir en el nuevo concepto: 763 “Bonificación INEM Formación Continua”.
  • Concepto Global y no por trabajador.
  • Se acumula automáticamente en la casilla 601 (Suma de bonificaciones/Subvenciones).

TC:

  • Bonificación en un TC1 complementario, que no lleva asociado TC2.
  • Clave de liquidación (CL) “4: Complementaria”.
  • Clave de control (CC) “95: Bonificaciones por formación continua”.
  • Se devuelve el importe a la empresa en el mes siguiente a su presentación.

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